En razón de lo dispuesto por el Art. 91 de la Ley 5287 Orgánica del Poder Judicial (modificada por Ley 14.365), la confección de los listados correspondientes efectuada por el Colegio de Abogados es anual. En consecuencia se comunica que el 28 de febrero de 2022 caducarán la totalidad de los listados referidos, lo que así se informará a los Juzgados respectivos.
Todos aquellos abogados que pretendan mantenerse en los listados deberán reinscribirse en el Colegio antes de esa fecha, como también aquellos que realicen su primera inscripción. Debiendo cumplir las siguientes condiciones:
* Estar matriculados en este Colegio Departamental de San Nicolás.
* Estar al día con el pago de la matrícula.
*Tener su domicilio real y permanente en este Departamento Judicial de San Nicolás.
* No estar comprendidos en ninguna de las causales de suspensión, exclusión e incompatibilidad establecidas en la ley 5177.
*LEY MICAELA: conforme Resol. 672/19 del Ministerio Publico de la Provincia de Buenos Aires, todos los integrantes del Ministerio Publico (Incluidos Asesores y Defensores Ad Hoc) deben efectuar la capacitación específica en temática de género y violencia contra las mujeres, en cumplimiento de las previsiones de la Ley 15.134 y 27499 (Ley Micaela).
La inscripción a los listados es para DEFENSOR DE POBRES Y AUSENTES Y ASESORES DE INCAPACES, no siendo posible optar por alguno de los dos cargos.
En caso de inscribirse para más de un Juzgado deberá presentar una nota por cada uno.
(1) JUZGADO DE PAZ DE SAN PEDRO: Los profesionales que deseen intervenir en las causas con problemática de VIOLENCIA FAMILIAR Y/O VIOLENCIA DE GÉNERO, deberán inscribirse en la LISTA ABIERTA ESPECIAL confeccionada para tal fin.