Órganos Jurisdiccionales deberán presentar plan de trabajo que proyecte productividad estimada.
En busca de incrementar la eficacia del Servicio Jurisdiccional.
Mediante Resolución SC Nº 1928/21, y anexo la Suprema Corte de Justicia estableció el alcance de una serie de preceptos de la Resolución SC Nº 1651/21, como así también el mecanismo de presentación de los planes de trabajo establecidos en su artículo 2º.
De ésta manera ha establecido la obligatoriedad de la presentación de plan de trabajo por parte de los órganos jurisdiccionales, que proyecte la productividad que cada uno estima mensualmente. Una vez aprobado, los resultados serán evaluados por distintas áreas de la SCBA. Se autorizará en la medida que incremente la eficacia de sus actividades y se contemplarán distintos indicadores: Causas ingresadas, Trámites de resolución, Trámites de finalización, Actas de audiencias, Recepción de presentaciones, Trámites totales, etc.
La Acordada refleja los lineamientos sugeridos por la Abogacía organizada de la provincia de Buenos Aires.